La Audiencia Nacional deroga el canon digital

Categoría (Derechos de autor, General) por Manu de Ordoñana el 29-03-2011

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La Audiencia Nacional ha declarado nula la orden ministerial sobre el canon digital que compensa a los creadores por el lucro cesante, es decir, por lo que dejan de percibir por las copias privadas que se supone que los usuarios descargan de forma gratuita a sus dispositivos electrónicos. Pero no te hagas muchas ilusiones: el tribunal adoptó su sentencia por defectos de forma, sin entrar a analizar la conveniencia o no de la tasa. El canon no está en cuestión, sino la forma de aplicarlo.

Pero ¿qué es el canon digital? Es el impuesto que los fabricantes y distribuidores de equipos y soportes electrónicos han de pagar al Estado por poner en el mercado artilugios que permiten la descarga gratuita de contenidos, en detrimento de la remuneración que corresponde a los creadores de esos contenidos, en concepto de derechos de autor. Este importe es pues un impuesto indirecto que incrementa el precio de venta de los dispositivos (CD, DVD, USB, móviles, MP3, MP4, discos duros y hasta fotocopiadoras, impresoras y escáneres) y que el usuario ha de pagar, aunque la piratería no sea su vocación. Todavía no afecta al e-book… porque en 2008 no existía.

Este dinero que el Estado recauda es percibido por las sociedades de gestión de derechos de autor que luego lo distribuyen entre sus socios en función de sus méritos. En España, existen ocho sociedades de este tipo, la primera de las cuales es la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), una entidad sin ánimo de lucro especializada en el segmento audio-visual. Por cierto, todas ellas, estudian la posibilidad de recurrir la sentencia.

Siempre hemos defendido aquí el derecho que asiste a los creadores a percibir una remuneración digna. Lo que no nos gusta es la forma en que se hace. La aplicación de un canon sobre el precio de venta de un soporte digital presupone que el comprador es un malhechor que va a piratear “necesariamente” obras protegidas y que nunca va a hacer sus descargas por los canales autorizados. Rechaza la presunción de inocencia… da por supuesto que es un delincuente ¡Todo un despropósito!

Esto es como si a un comprador de un coche le obligaran a pagar un suplemento de 1000 €, por las infracciones de tráfico que va a cometer con él y que la policía no va a poder sancionar. ¡Cielos! ¡Cuidado! A lo mejor, les damos una idea…

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