¿A quién beneficia la ley Sinde-Wert?

Categoría (Derechos de autor, General) por Manu de Ordoñana el 04-07-2012

Tags : , , , , , , , , , , , , ,

El pasado uno de marzo entró en vigor la ley que pretende evitar la descarga ilegal de contenidos protegidos por derechos de autor en Internet, una ley que desarrolló el gabinete de la anterior ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde y que el actual, José Ignacio Wert no tardó en aprobar, sin incorporar modificación alguna, el 30 de diciembre de 2011, tan sólo una semana después de que Rajoy anunciara la composición de su gobierno. ¿A qué tanta prisa?

Este Real Decreto 1889/2011, regula el funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual, órgano colegiado de ámbito nacional, cuyas funciones son la mediación, el arbitraje y la salvaguarda de derechos en el ámbito de la propiedad intelectual, para lo cual su actuación se divide en dos ámbitos:

  • Sección Primera. Mediación y Arbitraje.
  • Sección Segunda. Represión de las violaciones de la propiedad intelectual.

La primera pretende convencer por la vía del diálogo, la segunda por el palo y tentetieso. Su composición es la siguiente:

  • La persona titular de la Secretaría de Estado de Cultura o persona en la que ésta delegue, que ejercerá la presidencia de la Sección.
  • Cuatro vocales de los Ministerios de Educación, Cultura y Deporte, Industria, Energía y Turismo, Presidencia, y Economía y Competitividad.
  • Un funcionario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con nivel de subdirector general o asimilado, actuará como secretario de la comisión, con voz pero sin voto.

El proceso comienza con una denuncia del autor que solicita que se retire un contenido suyo protegido por derechos de autor. En ese momento, la Comisión tendrá en cuenta si la web denunciada tiene ánimo de lucro o si ha causado un daño profesional. Se estima que el proceso puede durar cerca de 20 días y, en este periodo, el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo tendrá que pronunciarse hasta en dos ocasiones si los dueños de la web no acuerdan la retirada de contenidos.

Una vez que la solicitud es aceptada a trámite, se pide al juez una petición de autorización para identificar al responsable, a quien se contactará seguidamente para informarle. La web tiene un plazo de 48 horas desde que recibe la notificación para retirar contenidos o presentar alegaciones. Después, se establece un plazo de deliberación, tras el cual, si la Comisión cree que hay vulneración, solicita de nuevo la intervención judicial, quien en última instancia decide sobre la interrupción o retirada.

Por último, la ejecución de esta decisión judicial puede ser voluntaria o forzosa, en cuyo caso se solicitará (al igual que a la hora de identificar) la colaboración del prestador de servicios de internet (empresas de telecomunicaciones).

Desde su nacimiento, la Comisión ha recibido 326 solicitudes de retirada de contenidos, de los cuales ha archivado 243 y admitido a trámite 83, la mayoría de reciente apertura, aunque las primeras resoluciones se esperan a corto plazo. En la actualidad hay ocho expedientes abiertos: dos afectan a páginas de descarga de libros, dos a sitios de cine, tres son de música y del octavo no se conocen datos.

Todo el procedimiento que se ha montado en defensa de los derechos de autor no deja de estar protegido por un cierto ocultismo, con leyes diferentes escondidas en otras de rango superior ─como la Ley Sinde 2/2011 de 4 de marzo, de Economía Sostenible─ para confundir al usuario, hasta el punto de que la Orden ECD/378/2012, de 28 de febrero establece la obligación de comunicarse con la dicha Sección Segunda sólo por medios electrónicos, con el noble propósito de beneficiar a los poderosos ─la industria y las entidades de gestión─ frente al maltrecho usuario sin recursos que, sin mala intención y, desde luego, sin ánimo de lucro, se atreve a incorporar un enlace en su blog a una página de descarga de las que se consideran piratas.

Mientras tanto, el ministro Wert se atreve a decir que la industria editorial debe basar su desarrollo en el mundo digital y tener clara su modernización e internacionalización. ¡Qué tío más listo!

 

https://serescritor.com/