Escritores que pagan impuestos

Categoría (Derechos de autor, El mundo del libro, General) por Manu de Ordoñana el 27-06-2012

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En dos artículo anteriores publicados en este blog el 20 y el 30 de agosto de 2010 con el título de “Obligaciones fiscales de un editor”, hacíamos referencia a los escritores diletantes que, además de escribir un libro, se habían animado a autoeditarlo y convertirse en editores, pero nada decíamos de las obligaciones fiscales de los autores que han encontrado una editorial y reciben una remuneración en concepto de derechos de autor. Hablemos de ellos.

Hasta febrero de 1999, el escritor tributaba como un contribuyente normal. En aquella época, el tipo de gravamen que se aplicaba a los ingresos obtenidos por encima de una determinada cuantía no andaría lejos del 58%. Esto quiere decir que, si hubieras tenido la fortuna de ganar el Premio Planeta dotado con los 600.000 euros de hoy, Hacienda se habría quedado con 348.000 y tú sólo habrías percibido 252.000, lo que posiblemente no te habría hecho excesiva gracia.

A partir de esa fecha, prosperó el argumento de que un autor puede tardar una un lustro en escribir en una novela y que, por tanto, el rendimiento no debe computarse en un solo ejercicio, sino considerarse como renta irregular y admitir la opción de imputar los devengos en un plazo más largo, pongamos cinco años, o conforme se vayan produciendo. Vamos, más o menos, como hacen los futbolistas, a los que Hacienda les permite distribuir los ingresos obtenidos en los diez años que puede durar su carrera profesional, a lo largo de toda su vida laboral.

Al parecer, la “culpa” de este beneficio fiscal la tiene Carmen Balcells, allá por el final del siglo anterior. Junto a un puñado de escritores de élite, la combativa agente se reunió con Ana Botella primero, y con la Agencia Tributaria más tarde, para expresar el principio de tener en cuenta el tiempo empleado en crear el objeto del impuesto. Así surgió 214/1999.el decreto.

Bueno es decir, para que la gente no se lleve a engaño, que al final todo el mundo termina por cotizar, la única diferencia está en que el pago es diferido, salvo el caso de algún cobro puntual de poca cuantía, si no tiene continuación. Ahí, sí que el escritor tiene una ventaja, ya que le aplicarán una cuota del 20-25% ─según los ingresos ordinarios que perciba─ en lugar del 45% que es la que corresponde al tipo impositivo superior.

Pido perdón, pero a mí este procedimiento me parece justo, todos tenemos la obligación de contribuir a sostener los servicios que el Estado de Bienestar nos ofrece. Es que, en lugar de protestar, deberíamos de estar agradecidos, contentos de que todos los años Hacienda se lleve un buen pellizco. Eso indica que nosotros estamos vivos y de que ellos lo siguen siendo.

Así que ya lo sabes, si tienes éxito y ganas mucho dinero, no te quejes. Paga y agradece a las musas para que te conserven la inspiración.

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