El escritor jubilado y la Seguridad Social
Categoría (General, Marketing para vender libros, Publicar un libro) por Manu de Ordoñana el 18-09-2010
Tags : El libro y la lectura, escritor debutante, Escritor jubilado, mataburros, morir-de-pie, ordoñana, publicar un libro, rincón literario, ser escritor, taller-literario
Artículo actualizado el 21 de junio de 2012: «Pensión y derechos de autor son compatibles»
He de aclarar que mi último artículo “El escritor y la Seguridad Social” está enfocado al problema de los escritores jubilados que cobran una pensión de la Seguridad Social y no afecta para nada a los escritores aficionados que tienen un empleo en otra actividad ni a los escritores profesionales que viven del oficio.
Los primeros ya están cotizando por el trabajo que realizan y los segundos sí que tienen la obligación de cotizar en el Régimen de Autónomos, al tipo de 29,8% (26,50%, si renuncia a la cobertura por incapacidad temporal), pudiendo elegir la base entre un mínimo de 841,80 euros y un máximo de 3.198,00 euros (1.665,90 euros para mayores de 49 años).
Digo esto porque un par de amigos que también se dedican a escribir ya jubilados me han llamado un poco asustados tras haber leído el dicho artículo. Uno de ellos tiene publicados más de 20 libros, casi todos, por cuenta ajena, con lo cual tendría la obligación de darse de alta en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social, con la consiguiente pérdida de la pensión de jubilación que actualmente percibe y que le ha costado 40 años de cotización. Al menos, eso se desprende de la lectura fría de la legislación vigente…
Calma. Una cosa es lo que dice la Ley y otra su interpretación. Ningún tribunal sería capaz de quitar la pensión a un jubilado que dedica sus años postreros a cultivar una afición tan saludable y a aportar un saber acumulado durante toda una vida… eso sí, siempre que los ingresos que perciba no sobrepasen ciertos niveles, como es el caso de la mayoría de los que nos dedicamos a este menester. Al menos, ésta es mi humilde opinión. Si alguien discrepa, que lo diga.
Usted comenta que algunos amigos suyos se han asustado al leer una determinada ley que les afecta como escritores jubilados.
¿Puede decirme a qué ley se refiere usted?
Muchas gracias
Se trata del decreto 3262/1970 de 29 de octubre por el que se regula el Régimen de Seguridad Social de los escritores de libros, publicado en el B.O.E. de 17 de noviembre de 1970. Tienes el enlace para entrar directamente al texto en otro artículo anterior titulado «El escritor y la Seguridad Social»
Tengo varias obras que no me atrevo a publicar, pues llevo jubilado ocho años. Soy un enemorado de la escritura y he descubierto que tengo facultades. Me he hecho un lio con la lectura del anterior artículo.
Podemos perder la pensión o no. Le ruego me aclare en que caso podría darse.
[…] las declaraciones fiscales de los artistas y creadores jubilados. Es sabido que algunos de ellos cobran una pensión de jubilación y, al mismo tiempo, reciben una remuneración en concepto de “d…, lo cual sólo es posible si los ingresos obtenidos por tal concepto son inferiores al SMI (salario […]