El Mataburros. La RAE enmienda la plana al Congreso de Diputados

Categoría (General) por Manu de Ordoñana el 05-09-2011

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La semana pasada se ha discutido en el Congreso de Diputados la reforma de la Constitución Española, a propuesta de los dos partidos mayoritarios, PSOE y PP, para modificar el artículo 135, con objeto de limitar la capacidad de endeudamiento de la Administración Pública, ante el riesgo de intervención de la economía española.

Los partidos minoritarios presentaron numerosas enmiendas, alguna de las cuales pedía la celebración de un referéndum ─lo que a mi modo de ver, sería la fórmula más apropiada─, pero ninguna fue aceptada. La reforma fue aprobada el pasado viernes, dos de septiembre de 2011, con el siguiente resultado de votos:

  • 316 a favor.
  • 5 en contra.
  • 29 diputados no votaron o no acudieron a la votación.

Eso es lo que ha dicho la prensa, pero eso no es verdad. En realidad sí que hubo una enmienda. Fue la auspiciada por la RAE (Real Academia de la Lengua) para corregir un error gramatical que los parlamentarios admitieron por unanimidad ante la advertencia que hizo el Sr. Bono, presidente de la Cámara, antes de iniciar la votación: “La expresión en relación al Producto Interior Bruto no es correcta, hay que decir en relación con el Producto Interior Bruto”.

Así, el apartado segundo el artículo 135 ha quedado redactado como sigue: “El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la UE. Una ley orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y las Comunidades Autónomas, en relación con su PIB. Las entidades locales deberán presentar equilibro presupuestario”.

Si entráis en el DRAE con el término “relación”, veréis que, en efecto, la Academia admite las dos expresiones “con relación a” o “en relación con”, pero no “en relación a“. ¡Qué exquisitos son estos académicos! Es muy posible que al Escribidor Mayor del Reino le corten la cabeza por la errata, a pesar de que ha manifestado su propósito de enmienda.

La reforma entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto en el Boletín Oficial del Estado, sin consulta pública, ya que el artículo 167 dice que «aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras». Les falta uno.

¡Qué país Miquelarena!

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